EL DIVORCIO SOÑADO: NUEVA LEY DISPONE HACERLO EN MUNICIPIOS Y NOTARIAS
En un plazo de 15 días podrán declarar la separación convencional y en los dos meses posteriores la disolución del vínculo conyugal. Poco o nada es lo que hoy se escucha decir sobre el matrimonio. Sin duda, lo que está de moda es hablar sobre el tema del divorcio. Un proceso judicial lento, costoso y engorroso, pero con la aprobación de la ley 29227 la separación legal se obtiene rápidamente. Pero esta Ley del divorcio rápido sólo es aplicable cuando se tiene más de dos años de casados y la separación se da por mutuo consentimiento. Además, de no tener hijos menores de edad, carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales y ser ambos mayores de edad. "Estas premisas resultan ineludibles para la aplicación de la nueva ley", señala el doctor Julio César Orejuela Flores. Explica que como primer paso, la pareja deberá acercarse a una notaría, municipalidad distrital o provincial donde se celebró el matrimonio, o la jurisdicción donde se encuentre su último domicil